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IMPUTADO: CALMAR INTERNATIONAL S.A. (H.C.C.) Y OTRO s/INFRACCION LEY 24.144 DENUNCIANTE: BANCO CENTRAL REPUBLICA ARGENTINA

La empresa CALMAR INTERNATIONAL S.A. apeló la sentencia que la condenó por omisión de ingreso y liquidación de divisas en el Mercado Único de Cambios. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó la condena, aunque redujo el monto de la multa impuesta.

Exportacion Ley penal cambiaria Omision de ingreso y liquidacion de divisas Mercado unico de cambios


¿Quién es el actor?

CALMAR INTERNATIONAL S.A. y H.C.C.

¿A quién se demanda?

N/A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Omisión de ingreso y liquidación de divisas en el Mercado Único de Cambios por la exportación documentada en el permiso de embarque N° 05037EC01002665N.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la condena, pero redujo la multa impuesta a CALMAR INTERNATIONAL S.A. y H.C.C. de u$s 124.641 a u$s 30.000 cada uno. Consideró que si bien CALMAR INTERNATIONAL S.A. efectuó la exportación, las divisas recibidas no fueron liquidadas en el Mercado Único de Cambios, configurándose la infracción cambiaria prevista en el art. 1 inc. e) de la Ley 19.359.

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