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IMPUTADO: I. T. SA Y OTRO s/INFRACCION LEY 24.144

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó la condena a la firma I.T. S.A. y a J.A.P. por la falta de ingreso de divisas en una operación de exportación, imponiendo una multa solidaria a ambos.

Multa Responsabilidad Persona juridica Exportacion Comercio exterior Divisas Deber de garantia


¿Quién es el actor?

No se indica

¿A quién se demanda?

I.T. S.A. y J.A.P.
- Objeto de la demanda: Falta de ingreso de divisas correspondientes a una operación de exportación
- Decisión del tribunal: Confirmar la condena a I.T. S.A. y J.A.P. a la pena de multa, debiendo ser efectiva en forma solidaria. Fundamentos principales:
- La materia cambiaria presenta contornos particulares que justifican el reconocimiento de amplias facultades reglamentarias al órgano ejecutivo, por lo que las normas que fundan la imputación no son inconstitucionales.
- No se verifica una demora excesiva en la tramitación del proceso que permita considerar vulnerado el derecho a ser juzgado en un plazo razonable.
- Si bien no es posible sancionar penalmente a las personas jurídicas, éstas deben responder con su patrimonio por los ilícitos cometidos por sus órganos o dependientes en beneficio propio, en cumplimiento de un deber de garantía que les impone el Estado.
- La omisión de ingresar divisas en término genera una presunción iuris tantum de negociación clandestina, que no fue destruida por las defensas.
- El monto de la multa impuesta es acorde a lo establecido en la ley.

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