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NN: N.N. Y OTRO s/INFRACCION LEY 24.144 DENUNCIANTE: BANCO CENTRAL REPUBLICA ARGENTINA

El actor promovió demanda por infracción a la Ley del Régimen Penal Cambiario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico revocó el sobreseimiento definitivo dictado y ordenó al juzgado de origen adoptar medidas para unificar la investigación de los mismos hechos en un solo tribunal.

Litispendencia Ne bis in idem Infraccion ley del regimen penal cambiario Unificacion de causas Multiple persecucion penal


¿Quién es el actor?

Fiscalía

¿A quién se demanda?

E. O. D.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Investigación por operaciones de compraventa de moneda extranjera sin autorización del BCRA, durante abril de 2017, por un monto total de U$S 1.662.862,02 y BRL 64.000.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó el sobreseimiento definitivo dictado por el juzgado de primera instancia y ordenó a este que adopte las medidas necesarias para que intervenga un solo tribunal en la investigación de los mismos hechos que se tramitan en forma paralela en dos expedientes. Los fundamentos principales fueron:
- Existe litispendencia entre las causas, al verificarse identidad de sujeto, objeto y causa.
- La litispendencia es una excepción dilatoria, no perentoria, por lo que no corresponde el dictado de un sobreseimiento definitivo.
- El pronunciamiento del Juzgado N°3 declarando la nulidad de la resolución que dispuso instruir sumario no hace cosa juzgada, por lo que los hechos pueden ser materia de otro proceso.
- Corresponde unificar el conocimiento del hecho único investigado en ambos expedientes en un solo tribunal, a fin de evitar pronunciamientos contradictorios y respetar la garantía del ne bis in idem.

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