Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GUIÑEZ CARRIZO, CLAUDIO PEDRO Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737
El imputado impugnó el decomiso de una motocicleta ordenado tras su condena por narcotráfico. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el decomiso al entender que el bien había sido utilizado como instrumento del delito.
Impugnación del decomiso de una motocicleta ordenado tras su condena por narcotráfico
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa y confirmó el decomiso del motovehículo. Los jueces señalaron que el decomiso dispuesto se encontraba contemplado en el acuerdo de juicio abreviado aceptado por el imputado, por lo que no correspondía cuestionar posteriormente esos términos. Además, sostuvieron que el decomiso se encontraba fundado en que el motovehículo había sido utilizado como instrumento del delito, conforme lo dispuesto en el art. 23 del Código Penal y los arts. 30 y 39 de la Ley 23.737. Si bien el bien pertenecía a un tercero, el imputado lo tenía en su posesión al momento del hecho, sin que el titular haya solicitado su restitución.
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