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Incidente Nº 33 - IMPUTADO: SALA, MILAGRO AMALIA ANGELA s/INCIDENTE DE PRESCRIPCION DE ACCION PENAL

El Tribunal Federal de Casación Penal revocó la decisión que declaraba prescripta la acción penal por los delitos de daño agravado y amenazas coactivas, y reenviaron la causa para que se dicte una nueva resolución conforme a derecho.

Prescripcion Actos interruptivos Amenazas coactivas Dano agravado Analogia in malam partem Improcedencia de la atribucion de efectos interruptivos a actos no previstos en la ley

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Actores: Milagro Amalia Ángela Sala, María Graciela López y Ramón Gustavo Salvatierra
- Demandados: No aplicable
- Objeto de la demanda: Delitos de daño agravado y amenazas coactivas
- Decisión del tribunal: Se hizo lugar al recurso de casación de la defensa de Milagro Amalia Ángela Sala, se anuló la resolución impugnada y se reenvió la causa al tribunal de origen para que dicte una nueva resolución conforme a derecho, haciendo extensivo lo resuelto al resto de los imputados. Fundamentos principales:
- El último acto interruptivo de la prescripción respecto al delito de amenazas coactivas fue la citación a juicio del 21/10/2013, por lo que ha transcurrido el plazo de 4 años previsto en el art. 149 bis CP.
- La sentencia condenatoria por el delito de daño agravado del 28/12/2016 no adquirió firmeza, dado que los jueces de Casación no resolvieron los agravios respecto a la mensuración de la pena y ordenaron un nuevo pronunciamiento, por lo que el plazo de prescripción también se encuentra vencido.
- Las interpretaciones del tribunal que atribuyeron efectos interruptivos a actos procesales no previstos en el art. 67 CP configuran una analogía in malam partem.

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