Incidente Nº 2 - IMPUTADO: BRITO, HUGO RAMON (GENDARMERIA - 196 - DETENIDO) s/INCIDENTE DE INHIBITORIA
Tribunal Oral Federal de Tucumán se inhibe de intervenir en causa y la eleva a la Cámara Federal de Casación Penal, que ordena la devolución al tribunal de origen para que resuelva la inhibición conforme al procedimiento establecido.
¿Quién es el actor?
No aplicable
¿A quién se demanda?
No aplicable
- Objeto de la demanda: Resolución sobre inhibición de juez subrogante del Tribunal Oral Federal de Tucumán
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal de Casación Penal ordena devolver las actuaciones al tribunal de origen (Tribunal Oral Federal de Tucumán) para que resuelva la inhibición conforme al procedimiento establecido en el art. 57 del Código Procesal Penal Federal.
Fundamentos principales:
El art. 54 inc. c) del Código Procesal Penal Federal establece que los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal serán competentes para conocer en el procedimiento de excusación y recusación de los jueces de los Tribunales Federales de juicio. Sin embargo, la incorporación de esta nueva norma vino a aclarar que el "tribunal correspondiente" es un magistrado o tribunal de la misma categoría y competencia del juez o tribunal recusado o inhibido. Por lo tanto, corresponde que el Tribunal Oral Federal de Tucumán resuelva la inhibición formulada en los términos del art. 57 del Código Procesal Penal Federal.
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