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Legajo Nº 3 - QUERELLANTE: MASSA, ANDREA NATACHA IMPUTADO: JUANES, EDUARDO Y OTROS s/LEGAJO DE CASACION

El Ministerio Público Fiscal recurrió el sobreseimiento de los imputados por evasión fiscal. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso por aplicación de la ley penal tributaria más benigna.

Retroactividad Impuesto a las ganancias Evasion fiscal Ley penal mas benigna Impuesto al valor agregado


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal
- Demandados: Eduardo Héctor Juanes, Julieta Inés Fernández, Leopoldo Emilio Wamboldt, Delia Teresita Furch, Miguel Humberto Linares, Patricia Edith Espino y Enzo Arganin

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Evasión fiscal del Impuesto a las Ganancias y del IVA

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso del Ministerio Público Fiscal y confirmó el sobreseimiento de los imputados. Los fundamentos principales son:
- La Ley 27.430 elevó el monto mínimo para la configuración del delito de evasión fiscal simple a $1.500.000, por lo que las sumas imputadas (entre $455.643 y $596.118) resultaron atípicas.
- Corresponde aplicar la ley penal más benigna retroactivamente (arts. 2 CP, 9 CADH, 15 PIDCP).
- La Corte Suprema ha sentado esta doctrina en los precedentes "Palero", "Soler" y "Vidal", que los tribunales inferiores deben acatar.

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