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Recurso Queja Nº 1 - BENEFICIARIO: GENTILE, HUGO s/HABEAS CORPUS

Rechazada la queja por retardo de justicia presentada por condenado que buscaba nueva revisión de resoluciones ya dictadas.

Codigo procesal penal Queja por retardo de justicia Revision de resoluciones


- Actor: Hugo Gentile (condenado)
- Demandado: Ninguno
- Objeto: Queja por retardo de justicia
- Decisión: Se rechaza la queja Fundamentos:
- El artículo 127 del Código Procesal Penal regula el medio de reclamo por retardo de justicia, cuyo objeto es lograr el dictado de resolución demorada.
- En el caso, más allá de los defectos de la presentación, no quedaba resolución pendiente de dictar, por lo que el planteo del condenado Gentile de buscar una nueva revisión de resoluciones ya dictadas deviene improcedente.

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