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Legajo Nº 8 - QUERELLANTE: BOUDOU, AMADO Y OTRO IMPUTADO: MONTES, GABRIEL ALEJANDRO Y OTROS s/LEGAJO DE APELACION

La Cámara Federal de Casación Penal resolvió hacer lugar a la excusación presentada por el juez Gemignani, en resguardo de la garantía de imparcialidad.

Excusacion Recurso de casacion Garantia Imparcialidad Convencion americana sobre derechos humanos Codigo procesal penal


¿Quién es el actor?

N/A (Recurso de Casación)

¿A quién se demanda?

N/A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Resolver la excusación planteada por el Dr. Juan Carlos Gemignani.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excusación del Dr. Gemignani, en virtud de las razones invocadas que tornan incuestionable su admisión, a fin de resguardar la garantía de imparcialidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por cuanto las razones en base a las cuales el doctor Juan Carlos Gemignani emite su excusación tornan incuestionable su admisión, en resguardo de la garantía de imparcialidad, SE RESUELVE: HACER LUGAR a la excusación del doctor Juan Carlos Gemignani (artículo 55 del Código Procesal Penal de la Nación y artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos)."

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