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Legajo Nº 3 - s/LEGAJO DE CASACION

Titular del vehículo impugnó el decomiso del mismo ordenado junto a la condena de terceros. La Cámara Federal de Casación Penal ordenó la devolución del vehículo en base al derecho de propiedad del recurrente.

Propiedad Derecho de propiedad Recurso de casacion Contrabando Decomiso Juicio abreviado


¿Quién es el actor?

Hugo Jorge Lafuente (titular del vehículo)

¿A quién se demanda?

Ministerio Público Fiscal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación del decomiso del vehículo marca Toyota Hilux 4x2 ordenado en la condena por contrabando de terceros

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de casación y ordenó la devolución del vehículo al titular, al considerar que el decomiso afectaba el derecho de propiedad de un tercero ajeno al proceso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que el decomiso del vehículo perteneciente a un tercero ajeno al hecho no cumplía con los requisitos de la ley aduanera, pues no se acreditó que el titular tuviera conocimiento del uso ilícito. Por lo tanto, el decomiso violaba el debido proceso y el principio de inocencia del recurrente.

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