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Legajo Nº 18 - PROCESADO: ADUVIRI ATAHUACHI JONE ISMAEL Y OTRO s/LEGAJO DE CASACION

Los acusados Jone Ismael Aduviri Atahuachi y Margarita Yupanqui Marca fueron absueltos por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal por no haberse acreditado los elementos del delito de trata de personas con fines de explotación laboral. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la absolución.

Vulnerabilidad In dubio pro reo Duda razonable Trata de personas Explotacion laboral Delitos migratorios


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal
- Demandados: Jone Ismael Aduviri Atahuachi y Margarita Yupanqui Marca

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Delito de trata de personas con fines de explotación laboral, y delitos migratorios

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, confirmando la absolución de los acusados. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- No se logró acreditar con certeza que la conducta de los acusados encuadrara en los tipos penales de trata de personas y delitos migratorios. Las pruebas presentadas no permitieron desvirtuar la presunción de inocencia.
- Si bien se comprobaron irregularidades en las condiciones laborales y de habitabilidad, ello no alcanzó para tener por configurados los delitos imputados.
- Los testimonios de algunas de las presuntas víctimas indicaron que no hubo restricciones a su libertad ambulatoria, que contaban con sus documentos personales, y que las condiciones ofrecidas fueron las prometidas.
- Existía duda razonable sobre la configuración de los elementos objetivos y subjetivos de los tipos penales, por lo que correspondía aplicar el principio in dubio pro reo y absolver a los acusados.

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