Incidente Nº 3 - IMPUTADO: SABAG MONTIEL , FERNANDO ANDRÉ Y OTRO s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA
Conflicto de competencia por hechos de tenencia de DNI ajeno. La Cámara Federal de Casación Penal declara competente al Juzgado Federal de San Martín.
¿Quién es el actor?
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 5 de la Ciudad de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 2 de San Martín
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente de incompetencia por hechos de tenencia de un DNI ajeno
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal declaró la competencia del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 2 de San Martín.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se debe atender prioritariamente al lugar de consumación del delito (principio de territorialidad), conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema.
- La tenencia del DNI ajeno ocurrió en San Martín, por lo que el juez de ese distrito es competente.
- No existen puntos de contacto entre este hecho y la causa principal por tentativa de homicidio que justifiquen mantener la unidad procesal.
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