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Legajo Nº 5 - QUERELLANTE: ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS / DRA. CAROLINA STRADA Y OTRO DENUNCIADO: CONSTRUCCIONES CACERES SRL s/LEGAJO DE CASACION

El Ministerio Público Fiscal interpuso recurso de casación contra la resolución que confirmó el sobreseimiento de los imputados por evasión tributaria mediante la utilización de facturas apócrifas. La Cámara Federal de Casación Penal desestimó el recurso al considerar que la ley penal tributaria vigente al momento de los hechos, más benigna, resulta aplicable.

Ley penal mas benigna Facturas apocrifas Evasion tributaria Consuncion Concurso aparente de tipos


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal
- Demandados: Construcciones Cáceres S.R.L. y Luis Carlos Cáceres
- Objeto de la demanda: Evasión del Impuesto a las Ganancias e IVA mediante la utilización de facturas apócrifas
- Decisión del tribunal: Rechazo del recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Ley 27.430, más benigna, resulta aplicable a los hechos por imperio del principio de ley penal más favorable.
- La utilización de las facturas apócrifas quedaría englobada en el tipo penal de evasión tributaria, resultando un concurso aparente de tipos penales en modalidad de consunción.
- El hecho de que los montos evadidos no superen el límite previsto en la Ley 27.430 implica una decisión de política criminal del legislador que debe respetarse.

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