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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: ZUAZQUITA, ATILIO RICARDO s/LEGAJO DE CASACION

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación fiscal por aplicación de la ley penal más benigna tras la reforma introducida por la Ley 27.430.

Recurso de casacion Contrabando Limite monetario Ley penal mas benigna Ley 27 430

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal Demandado: Atilio Ricardo Zuazquita Objeto: Delito de encubrimiento de contrabando de mercadería Decisión: Se rechazó el recurso de casación fiscal. La Cámara aplicó retroactivamente la Ley 27.430 que elevó el límite monetario del contrabando menor, tornando atípica la conducta de Zuazquita. Si bien Zuazquita tenía una condena administrativa por tenencia de mercadería, ello no resulta alcanzado por las excepciones del art. 949 del Código Aduanero. Fundamentos principales:
- La Ley 27.430 (BO 29/12/2017) elevó el límite monetario del contrabando menor a $500.000, debiendo aplicarse retroactivamente por ser más benigna.
- Conforme el precedente "Caravetta" de la CSJN, la reforma que aumenta el límite monetario constituye una ley penal más benigna.
- La conducta de Zuazquita, valuada en $182.814, quedó así alcanzada por la nueva ley más favorable.
- La condena administrativa previa por tenencia de mercadería no afecta la aplicación de la ley penal más benigna.

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