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DEBOLI, JUDITH ARMANDA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca el dictamen de la Comisión Médica Central y declara la incapacidad de la actora para acceder al beneficio de jubilación por invalidez, confirmando el porcentaje de incapacidad del 68,55% y considerando acreditados los requisitos legales para su otorgamiento.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Judith Armando Deboli, interpuso recurso de apelación contra la resolución que denegó su pedido de retiro por invalidez. La Comisión Médica Central había determinado que su porcentaje de incapacidad era inferior al exigido por la ley 24.241, por lo cual se rechazaba el beneficio. La Sala revisó el expediente y remite a peritos del Cuerpo Médico Forense, quienes informaron que la incapacidad laboral de la peticionante alcanza un 68,55%. La sentencia destaca que el informe médico reúne los requisitos de una correcta peritación, siendo serio y objetivo, y que los profesionales del Cuerpo Médico Forense actúan como auxiliares de la justicia con imparcialidad. La Sala concluye que la incapacidad de la actora cumple con los requisitos establecidos en el art. 48 de la Ley 24.241 para acceder a la jubilación por invalidez, revocando la resolución de la Comisión Médica Central y declarando la incapacidad. Además, fija los honorarios de la representación legal en $91.686, regula las costas y establece la ejecutoriedad de la sentencia.

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