MASNATA MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora apeló la sentencia que rechazó su reclamo por inconstitucionalidad de la Ley 27.426. La Cámara revocó parcialmente la sentencia y rechazó la pretensión de inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. MASNATA MARIA CRISTINA demandó a la ANSES impugnando la constitucionalidad de la Ley 27.426 que modificó la fórmula de movilidad jubilatoria establecida en la Ley 26.417. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el planteo de inconstitucionalidad. Fundamentó que la reforma de la Ley 27.426 entró en vigencia antes del devengamiento de la movilidad otorgada por la Ley 26.417, por lo que no se afectó un derecho adquirido del actor. Señaló que el derecho a la movilidad se devenga semestralmente en marzo y septiembre, no mes a mes. Por ende, la aplicación retroactiva de la Ley 27.426 no vulnera derechos constitucionales. En disidencia parcial, la Jueza Perez Tognola declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426, por considerar que su aplicación retroactiva tiene un carácter regresivo, afectando la movilidad dispuesta por la ley anterior y reduciendo en forma retroactiva el monto del haber.
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