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LUCERO JOSE LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó la actualización de su beneficio previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de determinados índices de actualización.

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Actualización de beneficio previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016 que establecía los índices de actualización, por considerar que la determinación del índice de actualización corresponde al Congreso Nacional y no al Poder Ejecutivo. Ordenó aplicar los índices previstos en la ley 26.417.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha establecido que la fijación del índice de actualización no puede considerarse incluida dentro de las atribuciones de la ANSES, sino que es una cuestión de mayor relevancia que afecta el derecho de propiedad de los beneficiarios, por lo que debe ser establecida por el Congreso Nacional.
- Respecto a la actualización de las remuneraciones del trabajador autónomo, corresponde considerar la totalidad de los años aportados y no sólo los últimos 15, a fin de reflejar adecuadamente el esfuerzo contributivo realizado.
- Sobre la exención del impuesto a las ganancias, se debe garantizar la igualdad real de oportunidades y de trato a favor de los jubilados, en tanto grupo vulnerable, conforme la doctrina de la Corte Suprema.

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