MAIDANA MIGUEL CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el recálculo del haber conforme a los criterios establecidos en la presente.
¿Quién es el actor?
MAIDANA MIGUEL CARLOS
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando:
- Aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción -personal no calificado
- (Res. 140/95) hasta el 28/02/2009 y la pauta de actualización de la ley 26.417 a partir de entonces.
- Declarar la inconstitucionalidad de la Resolución ANSES 56/2018.
- Recalcular los montos o rentas de referencia de las categorías autónomas anteriores a julio 1994 actualizándolos hasta la fecha de adquisición del beneficio.
- Rechazar la pretendida inconstitucionalidad de la ley 27.426, al considerar que no afecta derechos adquiridos.
- Postergar el análisis de la aplicación del art. 9 de la ley 24.463 y de los topes de la Res. SSS 6/2009 para la etapa de ejecución.
Fundamentos principales:
- La actualización de las remuneraciones debe aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción -personal no calificado
- (Res. 140/95) hasta el 28/02/2009 y la pauta de la ley 26.417 a partir de entonces.
- La Resolución ANSES 56/2018 que fijaba un índice de actualización retroactivo es inconstitucional.
- Para el cálculo de los montos o rentas de referencia de las categorías autónomas anteriores a julio 1994, deben actualizarse la totalidad de los años aportados, sin limitarse a los últimos 15.
- La ley 27.426 que modificó la fórmula de movilidad no afecta derechos adquiridos, al entrar en vigencia antes del momento de devengamiento de la movilidad.
- Se difiere para la etapa de ejecución el análisis de la aplicación del art. 9 de la ley 24.463 y los topes de la Res. SSS 6/2009.
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