GONZALEZ ALBERTO AMADEO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016 sobre el índice de actualización de las remuneraciones a considerar para el cálculo del haber inicial.
Reajustes en el cálculo del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia, declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016 sobre el índice de actualización y estableció los criterios para actualizar las remuneraciones en diferentes períodos hasta la fecha de adquisición del beneficio.
Principales fundamentos:
- El Decreto 807/2016 que establecía el índice de actualización de remuneraciones es inconstitucional, siguiendo la doctrina de la CSJN en "Blanco".
- Para el período previo a agosto de 2016 se aplicará el índice RIPTE, luego el índice establecido por las leyes 26.417, 27.426 y 27.609.
- Las rentas de categorías autónomas se actualizarán conforme a la doctrina de la CSJN en "Makler", "D'Este" y "Taborda".
- La inconstitucionalidad de la ley 27.426 en cuanto a su aplicación retroactiva.
- Se desestima la inconstitucionalidad de la ley 27.541 sobre movilidad.
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