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GONZALEZ ALBERTO AMADEO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016 sobre el índice de actualización de las remuneraciones a considerar para el cálculo del haber inicial.

Seguridad social Haber jubilatorio Ley 27 541 Actualizacion de remuneraciones Ley 27 609 Decreto 807 2016 Ley 26 417 Ley 27 426 Indice de movilidad

Reajustes en el cálculo del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia, declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016 sobre el índice de actualización y estableció los criterios para actualizar las remuneraciones en diferentes períodos hasta la fecha de adquisición del beneficio. Principales fundamentos:
- El Decreto 807/2016 que establecía el índice de actualización de remuneraciones es inconstitucional, siguiendo la doctrina de la CSJN en "Blanco".
- Para el período previo a agosto de 2016 se aplicará el índice RIPTE, luego el índice establecido por las leyes 26.417, 27.426 y 27.609.
- Las rentas de categorías autónomas se actualizarán conforme a la doctrina de la CSJN en "Makler", "D'Este" y "Taborda".
- La inconstitucionalidad de la ley 27.426 en cuanto a su aplicación retroactiva.
- Se desestima la inconstitucionalidad de la ley 27.541 sobre movilidad.

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