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MIJALCHUK DANIEL HUMBERTO c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

El actor promovió demanda de amparo para obtener la movilidad de su jubilación conforme la doctrina Badaro. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad de la norma y aplicó la movilidad prevista.

Prescripcion Amparo Anses Ley 24 241 Art 14 bis constitucion nacional Movilidad de jubilaciones Doctrina badaro


¿Quién es el actor?

MIJALCHUK DANIEL HUMBERTO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de movilidad de la jubilación conforme doctrina "Badaro"

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del art. 125 de la Ley 24.241 y reconoció al actor la garantía de movilidad de las jubilaciones y pensiones prevista en el art. 14 bis de la Constitución Nacional. Los fundamentos principales fueron:
- La acción de amparo no prescribe cuando la conducta lesiva se prolonga en el tiempo o tiene aptitud de renovarse periódicamente.
- Corresponde al Estado garantizar el cumplimiento del mandato constitucional de otorgar movilidad a las jubilaciones, conforme la doctrina de la CSJN en "Deprati".
- Las costas se imponen a la parte demandada vencida, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Amparo.

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