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BENITEZ ROSARIO MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Beneficiario previsional recurre reajustes de su haber. La Cámara Federal de la Seguridad Social modifica parcialmente la sentencia y ordena nuevo cálculo del haber inicial y su movilidad.

Costas procesales Seguridad social Ley 18 037 Ley 24 463 Reajuste de haberes previsionales Calculo de haber inicial y movilidad

Reajustes varios del beneficio previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca parcialmente la sentencia apelada. Ordena efectuar el cálculo del haber inicial y su movilidad hasta el 31/3/1995 conforme la Ley 18.037, de acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN. Difiere el análisis sobre la aplicación del art. 9 de la Ley 24.463 para la etapa de ejecución. Impone las costas por su orden en la alzada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los jueces no están obligados a seguir exhaustivamente todos los argumentos de las partes, sino solo los esenciales y decisivos para resolver el litigio.
- El haber inicial y su movilidad se calcularán hasta el 31/3/1995 conforme la Ley 18.037, según precedentes de la CSJN.
- La aplicación del art. 9 de la Ley 24.463 se diferirá para la etapa de ejecución, donde deberá analizarse su razonabilidad si genera diferencias superiores al 15%.
- Se aplicará la tasa pasiva promedio mensual publicada por el BCRA.
- Las costas de la alzada se imponen por su orden.

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