OLIVIERI LUCIA ESTHER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda por reajustes de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los criterios para el cálculo del haber inicial.
Reajustes de su prestación previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Estableció que para el cálculo del haber inicial se debe:
- Considerar la incidencia de la falta de incremento de la PBU sobre el total del haber inicial, analizando si hubo merma confiscatoria.
- Analizar la eficacia de las reglamentaciones vigentes al momento de las cotizaciones como trabajador autónomo, sin limitar el cálculo a los últimos 15 años.
- Diferir el análisis de la razonabilidad de los topes y del art. 9 de la Ley 24.463 para la etapa de ejecución de sentencia.
- Considerar la exención del pago del impuesto a las ganancias sobre las sumas resultantes a favor del jubilado, en atención a su condición de grupo vulnerable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema estableció que se debe analizar la incidencia de la falta de incremento de la PBU sobre el total del haber inicial.
- La ley 18.038 establece que para el cálculo del haber inicial de trabajadores autónomos se debe considerar la totalidad de los años aportados, sin limitarse a los últimos 15.
- La razonabilidad de los topes y del art. 9 de la Ley 24.463 deben analizarse en la etapa de ejecución de sentencia.
- La Corte Suprema ha señalado que se debe garantizar la igualdad real a favor de los jubilados como grupo vulnerable, eximiéndolos del pago del impuesto a las ganancias.
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