PARIS MARTA EDITH c/ ANSES s/PENSIONES
La actora reclamó pensión por convivencia con el causante, pero la Cámara revocó la sentencia favorable y rechazó la demanda por falta de prueba de la unión de hecho durante los últimos dos años de vida del causante.
Obtener pensión por convivencia en aparente matrimonio con Ricardo Alberto Bandeira
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda. Consideró que no se acreditó la convivencia durante los últimos dos años de vida del causante, como exige la ley.
Los principales fundamentos fueron:
- La información sumaria producida con posterioridad al fallecimiento no tiene entidad suficiente por sí sola.
- Los escasos elementos de prueba documental (boletas de servicios) no alcanzan para acreditar la convivencia durante el plazo legal.
- No se logró desvirtuar la presunción de separación que surge de la diferencia de domicilios.
- El tribunal concluye que no se logró demostrar la convivencia en los dos años previos al fallecimiento, requisito legal para acceder a la pensión.
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