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PARIS MARTA EDITH c/ ANSES s/PENSIONES

La actora reclamó pensión por convivencia con el causante, pero la Cámara revocó la sentencia favorable y rechazó la demanda por falta de prueba de la unión de hecho durante los últimos dos años de vida del causante.

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Obtener pensión por convivencia en aparente matrimonio con Ricardo Alberto Bandeira

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda. Consideró que no se acreditó la convivencia durante los últimos dos años de vida del causante, como exige la ley. Los principales fundamentos fueron:
- La información sumaria producida con posterioridad al fallecimiento no tiene entidad suficiente por sí sola.
- Los escasos elementos de prueba documental (boletas de servicios) no alcanzan para acreditar la convivencia durante el plazo legal.
- No se logró desvirtuar la presunción de separación que surge de la diferencia de domicilios.
- El tribunal concluye que no se logró demostrar la convivencia en los dos años previos al fallecimiento, requisito legal para acceder a la pensión.

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