PO, MARIA LUISA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su pensión directa conforme la Ley 22.955, pero la Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia y ordenó el reajuste del beneficio según los lineamientos jurisprudenciales de la Corte Suprema.
Reajuste de pensión directa conforme Ley 22.955
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia y ordenó el reajuste del beneficio, declarando la inconstitucionalidad del art. 7.2 de la Ley 24.463 y disponiendo la movilidad según lo resuelto por la CSJN en la causa "Badaro".
Fundamentos principales:
- La Ley 22.955 fue derogada por la Ley 23.966, pero los beneficiarios conservaron el derecho a la movilidad original por 5 años, hasta el 30/3/95.
- Desde el 30/4/95 rige la movilidad del art. 7.2 de la Ley 24.463, declarado inconstitucional por la CSJN en "Badaro".
- A partir de entonces, el haber debe actualizarse conforme la pauta mínima de movilidad dispuesta en "Badaro".
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