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PO, MARIA LUISA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su pensión directa conforme la Ley 22.955, pero la Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia y ordenó el reajuste del beneficio según los lineamientos jurisprudenciales de la Corte Suprema.

Inconstitucionalidad Movilidad Reajuste Badaro Pension directa Ley 22 955

Reajuste de pensión directa conforme Ley 22.955

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia y ordenó el reajuste del beneficio, declarando la inconstitucionalidad del art. 7.2 de la Ley 24.463 y disponiendo la movilidad según lo resuelto por la CSJN en la causa "Badaro". Fundamentos principales:
- La Ley 22.955 fue derogada por la Ley 23.966, pero los beneficiarios conservaron el derecho a la movilidad original por 5 años, hasta el 30/3/95.
- Desde el 30/4/95 rige la movilidad del art. 7.2 de la Ley 24.463, declarado inconstitucional por la CSJN en "Badaro".
- A partir de entonces, el haber debe actualizarse conforme la pauta mínima de movilidad dispuesta en "Badaro".

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