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GIL GERARDO ELBIO Y OTRO c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamo por incorporación de aumentos en haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de primera instancia en cuanto al plazo para cancelar las sumas retroactivas adeudadas.

Prescripcion Seguridad social Haber de retiro Decreto 380 17 Obligaciones presupuestarias


¿Quién es el actor?

GIL GERARDO ELBIO Y OTRO

¿A quién se demanda?

CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incorporación en el haber de retiro de los aumentos instituidos por el decreto 380/17 y sus modificatorios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, salvo en cuanto al plazo de 90 días para que la demandada cancele las sumas retroactivas adeudadas, revocando este punto y dejando la obligación encuadrada en las normas presupuestarias vigentes. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La Corte Suprema en el precedente "Di Nanno, Camilo" concluyó que los suplementos creados por el decreto 380/17 tienen carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben reflejarse en los haberes del personal policial en pasividad.
- Respecto a la prescripción, corresponde desestimar el agravio de la demandada y confirmar el plazo de prescripción aplicado.
- En cuanto al plazo de 90 días para cancelar las sumas retroactivas, se revoca este punto dejando la obligación encuadrada en las normas presupuestarias vigentes.
- En costas, se confirma lo decidido en primera instancia.

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