PERUANO MARIA GRACIELA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La actora promovió acción de amparo contra la ANSES por diferencia en el haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que ordenó a la ANSES abonar la diferencia.
¿Quién es el actor?
PERUANO MARIA GRACIELA
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Diferencia entre la renta vitalicia previsional que percibe la actora y el haber mínimo garantizado
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la acción de amparo y ordenó a la ANSES abonar la diferencia en el plazo de 30 días.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- El incumplimiento continuado de la ANSES traslada los efectos de la conducta lesiva hacia el futuro, por lo que no se produce la caducidad de la acción de amparo.
- La ANSES se subrogó en las obligaciones del régimen de capitalización al unificarse el sistema previsional, por lo que tiene legitimación pasiva.
- El derecho a una jubilación digna establecido en el art. 14 bis de la Constitución Nacional impone al Estado la obligación de mantener un haber mínimo que permita la subsistencia del jubilado.
- No corresponde discriminar entre los beneficiarios del régimen de reparto según la fecha de otorgamiento del beneficio, ya que las necesidades básicas de subsistencia son las mismas.
- La falta de componente público no exime al régimen público de abonar el haber mínimo garantizado, pues ello implicaría una discriminación arbitraria e insostenible.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: