ALEGRE ALEJANDRA KARINA c/ ANSES s/PENSIONES
La viuda del fallecido demandó el otorgamiento de la pensión. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión que hizo lugar a la demanda y ordenó a la ANSES a otorgar el beneficio de pensión.
¿Quién es el actor?
Sra. Alejandra Karina Alegre (viuda del causante)
¿A quién se demanda?
ANSES
- Objeto de la demanda: Otorgamiento del beneficio de pensión
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la demanda, ordenando a la ANSES a otorgar el beneficio de pensión a la actora.
Fundamentos principales:
- El causante falleció a los 51 años, con 24 años y 6 meses de servicios acreditados, lo que representa más del 90% de los servicios exigibles.
- Siguiendo la doctrina de la CSJN, en caso de duda sobre la regularidad de los aportes, debe estarse a la postura que concede y no a la que deniega la prestación jubilatoria.
- Los jueces deben actuar con cautela al denegar prestaciones de carácter alimentario, priorizando la finalidad tuitiva de la seguridad social.
- El plazo de 30 días para que la ANSES cumpla con el otorgamiento del beneficio se considera razonable y acorde a la jurisprudencia que ha declarado la inaplicabilidad del art. 22 de la Ley 24.463 en casos como este.
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