BARRAGAN, MIRTHA MABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra ANSES por reajustes en su beneficio previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los criterios para la actualización de las remuneraciones.
¿Quién es el actor?
Mirtha Mabel Barragan
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del beneficio previsional de la actora
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y:
- Ordenó aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción hasta el 28/02/2009 y luego la pauta de la ley 26.417.
- Declaró la inconstitucionalidad de la Resolución ANSES 56/2018 por contradecir el art. 14 bis de la Constitución.
- Diferenció el análisis de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241, aplicando el criterio del fallo "Gualtieri" de la CSJN.
- Impuso las costas por su orden en la alzada.
Fundamentos relevantes:
- "Corresponde aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción -personal no calificado
- (Res. 140/95 Conf. Res. SSS nº413/94 concordante con Res. D.E.A. 63/94) en las remuneraciones percibidas por el titular hasta el 28 de febrero de 2009 (cfr. CSJN en el Fallo "Elliff, Alberto c/ANSES s/Reajustes Varios", sentencia del 11 de agosto de 2009)."
- "La intervención indebida que lleva a cabo el Poder Ejecutivo Nacional –a través de la ANSeS y de la Secretaría de la Seguridad Social
- al dictar y ratificar la Resolución nº 56/2018, sin tener la potestad constitucional para hacerlo, contradice el art. 14 bis de la Ley Fundamental que conjuga el ideal representativo con la realización de los derechos sociales" (considerando 20).
- "Permitir que el trabajador que cotizó solo por una parte de su salario de actividad en virtud del límite contenido en el art. 9° de la ley 24.241, obtenga una prestación que incluya las sumas por las que no contribuyó al sistema, constituiría un verdadero subsidio contrario a la protección del esfuerzo contributivo realizado por el conjunto de los afiliados" (Fallo "Gualtieri", CSJN).
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