VIEGAS BORDEIRA MONICA GLADYS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La demandada promovió recurso de apelación contra la sentencia definitiva. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del decreto que fijaba el índice de actualización y estableciendo pautas para la actualización de las remuneraciones.
¿Quién es el actor?
VIEGAS BORDEIRA MONICA GLADYS
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios en el beneficio previsional
¿Qué se resolvió?
Se revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016 que fijaba el índice de actualización. Se establecieron pautas para la actualización de las remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema ha señalado que la fijación del índice de actualización no puede considerarse dentro de las atribuciones de la ANSES, siendo una cuestión de mayor relevancia que debe ser establecida por el Congreso Nacional.
- Para el período hasta febrero de 2009, corresponde aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción. A partir de allí, la pauta de actualización fijada por la Ley 26.417.
- Para las cotizaciones anteriores a julio de 1994, se deben considerar la totalidad de los años aportados como trabajador independiente, sin limitarlos a los últimos 15 años.
- Para el período julio 1994
- diciembre 2001, no hubo variaciones significativas en los índices salariales. Para enero 2002
- diciembre 2006, corresponde utilizar el índice del fallo "Badaro".
- Desde enero 2007, se deben incorporar los aumentos generales previstos en la Ley 26.198, Decretos 1346/2007 y 297/2008 y la movilidad de la Ley 26.417 y 27.426.
- Los aportes mediante planes de facilidades de pago no serán objeto de actualización.
- Se rechaza la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 27.541 de emergencia económica.
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