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URQUIJO NOEMI HAYDEE Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Actores reclaman el derecho al cobro de suplementos establecidos por el Decreto 1305/2012. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma que dichos suplementos tienen carácter remunerativo y bonificable.

Seguridad social Personal militar Suplementos remunerativos Decreto 1305 2012 Decreto 780 2020

¿Qué se resolvió en el fallo?

Los actores demandaron al Ministerio de Defensa para que se incorporen al haber mensual de pasividad las acreencias emergentes del Decreto 1305/2012 y modificatorios. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 2, confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. Señaló que los suplementos creados por el Decreto 1305/2012, más allá de su denominación, tienen carácter "general", "remunerativo" y "bonificable", por lo que deben incorporarse al "haber mensual" del personal retirado, a fin de preservar la proporcionalidad del haber de retiro o pasividad con el haber de actividad. Citó antecedentes jurisprudenciales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el mismo sentido. Aclaró que el 30/09/2020 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto 780/20 que suprimió dichos suplementos, por lo que a partir de esa fecha deberá estarse a lo allí dispuesto.

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