URQUIJO NOEMI HAYDEE Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Actores reclaman el derecho al cobro de suplementos establecidos por el Decreto 1305/2012. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma que dichos suplementos tienen carácter remunerativo y bonificable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Los actores demandaron al Ministerio de Defensa para que se incorporen al haber mensual de pasividad las acreencias emergentes del Decreto 1305/2012 y modificatorios. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 2, confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. Señaló que los suplementos creados por el Decreto 1305/2012, más allá de su denominación, tienen carácter "general", "remunerativo" y "bonificable", por lo que deben incorporarse al "haber mensual" del personal retirado, a fin de preservar la proporcionalidad del haber de retiro o pasividad con el haber de actividad. Citó antecedentes jurisprudenciales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el mismo sentido. Aclaró que el 30/09/2020 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto 780/20 que suprimió dichos suplementos, por lo que a partir de esa fecha deberá estarse a lo allí dispuesto.
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