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JARA MARIO ENRIQUE Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Veteranos de guerra demandan por inclusión de aumentos en pensión graciable. La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca decisión de primera instancia y ordena incorporar los incrementos salariales en la pensión.

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Que se incluyan en la base de cálculo de la pensión graciable que perciben, los aumentos instituidos por el decreto 1305/12 y sus modificatorios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Ordena al Estado Nacional incorporar en los haberes de la pensión graciable de los actores, los incrementos del decreto 1305/12 desde su entrada en vigencia hasta su derogación. Rechaza la prescripción opuesta por el demandado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 24.310 que instituye la pensión graciable remite a los lineamientos de la ley 19.101 respecto del cálculo, por lo que no hay motivos para excluir a los actores de percibir los aumentos.
- Los aumentos del decreto 1305/12 tienen carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben ser reflejados en los haberes del personal militar en pasividad.
- El curso de la prescripción se hallaba interrumpido desde el inicio de la demanda anterior en la que se reclamó la pensión graciable, hasta que se efectivizó el primer pago de las sumas reconocidas, momento en que los actores tuvieron conocimiento de que sus haberes se encontraban incorrectamente liquidados.

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