SGRO ROBERTO JACINTO Y OTROS c/ CAJA-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Trabajadores militares y civiles de las FFAA demandan el pago de trabajos extraordinarios. La Cámara Federal de la Seguridad Social modifica la sentencia de primera instancia y rechaza el reclamo.
Reconocimiento del derecho a percibir el rubro "trabajos extraordinarios"
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda.
Fundamentos principales:
- El art. 5 del Decreto 2801/93 establece que la compensación por trabajos extraordinarios no puede ser percibida por la totalidad del personal que se encuentre en la misma situación de revista, sino que deben cumplirse ciertos requisitos específicos.
- Según el informe del Ejército Argentino, el suplemento por trabajos extraordinarios sólo era percibido por el 4,03% del personal civil de inteligencia en actividad, por lo que no se acredita la percepción generalizada requerida por la jurisprudencia de la Corte Suprema (precedentes "Midón" y "Bovari de Díaz").
- En consecuencia, corresponde revocar la sentencia de primera instancia y rechazar la demanda.
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