OCAMPO MARGARITA ALCIRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia que ordenó a la ANSES aplicar la movilidad prevista por la jurisprudencia del caso Deprati al beneficio jubilatorio del actor.
¿Quién es el actor?
OCAMPO MARGARITA ALCIRA
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por reajustes en el cálculo y pago del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en lo relativo a la aplicación de la jurisprudencia "Deprati" para la movilidad del beneficio. Rechazó el resto de los agravios de la ANSES.
Los principales fundamentos fueron:
- El Alto Tribunal en "Deprati" sostuvo que la renta vitalicia del régimen de capitalización tiene naturaleza previsional y le son aplicables las garantías constitucionales de movilidad de las jubilaciones.
- Corresponde al Estado garantizar el cumplimiento de esa pauta de movilidad e integrar las diferencias existentes entre los montos percibidos y los que debió percibir el actor.
- En cuanto a los restantes agravios de la ANSES, fueron declarados desiertos por no condicirse con lo decidido en primera instancia.
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