PINEDA LEDESMA MIGUELA BEATRIZ c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La actora reclamó el pago de la diferencia entre su haber previsional y el haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que ordenó a la ANSeS abonar dicha diferencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Beatriz Miguela Pineda Ledesma, promovió una acción de amparo contra la ANSeS reclamando que se le abone la diferencia entre el haber previsional que viene percibiendo y el haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo. Consideró que si bien la acción de amparo no es la vía idónea para este tipo de reclamos, en este caso correspondía admitirla dado que la reconducción por la vía ordinaria significaría privar a la actora de un medio para su subsistencia. En cuanto al fondo, la Cámara entendió que la exclusión de la actora de la garantía del haber mínimo, por haber optado por el sistema de capitalización, la colocaba en una situación de desigualdad contraria a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos. Destacó que con la unificación del sistema previsional por la ley 26.425, corresponde otorgar a los beneficiarios "iguales o mejores prestaciones", lo que en este caso implicaría el pago del haber mínimo garantizado.
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