FERNANDEZ JULIO CESAR Y OTRO c/ PREFECTURA NAVAL ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores iniciaron demanda para que se incorporen al haber mensual de pasividad los suplementos creados por los decretos 1307/2012 y 854/2013. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión de primera instancia y ordenó el reconocimiento de dichos suplementos.
Incorporación de los suplementos creados por los Decretos 1307/2012 y 854/2013 al haber mensual de pasividad
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó incorporar los suplementos al haber mensual de los accionantes.
Fundamentos principales:
- Los suplementos creados por los decretos 1307/2012 y 854/2013 tienen carácter general y remunerativo, por lo que deben computarse para el cálculo del haber de retiro.
- Si bien los decretos intentan otorgarles carácter particular, en la práctica fueron percibidos por más del 90% del personal activo, lo que desvirtúa ese carácter.
- Conforme la jurisprudencia de la CSJN, las asignaciones de carácter general otorgadas al personal en actividad deben computarse para el cálculo del haber de pasividad.
- La denegación de los suplementos a los pasivos implicaría una desnaturalización del derecho, por lo que corresponde su reconocimiento.
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