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TAPIA VICTOR HUGO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda por el reconocimiento del Subsidio Extraordinario de la Ley 22.674. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocando solo lo relativo al cálculo de los intereses sobre dicho subsidio.

Intereses Indemnizacion Retroactividad Adicionales Subsidio extraordinario Ley 22 674 Camara federal de la seguridad social


¿Quién es el actor?

TAPIA VICTOR HUGO

¿A quién se demanda?

MINISTERIO DE DEFENSA
- Objeto de la demanda: Reconocimiento del Subsidio Extraordinario previsto en la Ley 22.674, la indemnización del art. 76 ap. 3° inc. C) de la Ley 19.101, y la inclusión de los adicionales de los decretos 1104/05 y concordantes.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, salvo en lo relativo al cálculo de los intereses sobre el Subsidio Extraordinario, que se revoca. Fundamentos principales:
- La Ley 22.674 establece que el Subsidio Extraordinario se aplica retroactivamente desde el 2 de abril de 1982, fecha del hecho generador. Por lo tanto, corresponde ordenar el cálculo de intereses desde entonces y hasta el efectivo pago.
- Sin embargo, dado que el art. 2 de la Ley 22.674 dispone que el monto del subsidio se liquida utilizando el haber mensual del grado de Teniente General vigente al momento de la liquidación, no corresponde otra pauta de ajuste, ya que implicaría una doble actualización.
- Las costas de Alzada se imponen por su orden, teniendo en cuenta la naturaleza del derecho pretendido.

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