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BRITOS HERMOSILLA DIONISIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó reajustes en el cálculo de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó en parte la sentencia de primera instancia y modificó parcialmente al declarar la inconstitucionalidad de ciertas normas.

Inconstitucionalidad Seguridad social Haber previsional Movilidad jubilatoria Reajustes Prestacion basica universal Actualizacion de remuneraciones


¿Quién es el actor?

Britos Hermosilla Dionisio

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recálculo del haber previsional y reajustes

¿Qué se resolvió?

Se confirma en parte la sentencia de primera instancia y se modifica parcialmente al declarar la inconstitucionalidad de algunas normas. Fundamentos principales:
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que las remuneraciones deben actualizarse conforme el índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417, y luego aplicar el índice combinado previsto en esa ley.
- Respecto a la actualización de la Prestación Básica Universal, el tribunal ordenó que se realice el análisis en la etapa de ejecución de sentencia, conforme lo establecido por la CSJN en el precedente "Quiroga, Carlos Alberto".
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426, y se ordena abonar diferencias por la movilidad de los meses de enero y febrero de 2021 conforme la pauta suspendida, aplicando luego la Ley 27.609.
- Se rechaza la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 por falta de acreditación de perjuicio concreto.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 si se acredita en la ejecución que la aplicación de los topes genera una quita superior al 15% del haber.

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