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BAYGORRIA MARTHA MAGDALENA c/ CAJA-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Se hizo lugar a la demanda por suplementos de personal policial, pero se modificó el plazo de cumplimiento de la sentencia.

Plazo de cumplimiento Haberes jubilatorios Caracter remunerativo Suplementos policiales Normas presupuestarias


¿Quién es el actor?

BAYGORRIA MARTHA MAGDALENA

¿A quién se demanda?

CAJA-PFA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por incorporación de suplementos "función policial operativa" y "función técnica de apoyo" a los haberes del personal policial en pasividad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, estableciendo que los suplementos mencionados tienen carácter remunerativo y deben reflejarse en los haberes de los jubilados. Sin embargo, modificó el plazo de cumplimiento de la sentencia, revocando la obligación de pagar el haber reajustado en el término de 90 días, debiendo quedar comprendido en las normas presupuestarias vigentes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal se remitió a los fundamentos del precedente "Di Nanno, Camilo" de la CSJN, donde se concluyó que los suplementos creados por el Decreto 380/17 tienen carácter remunerativo y deben ser reflejados en los haberes de los jubilados. En cuanto al plazo de cumplimiento, se consideró que la obligación de pago quedaba sujeta a las normas presupuestarias.

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