NORIEGA OLGA TERESA c/ ARMADA ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora reclama incorporar al haber de pasividad los suplementos creados por el Decreto 1305/2012. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Noriega Olga Teresa demandó a la Armada Argentina para que se incorporen al haber mensual de su pasividad las acreencias emergentes del Decreto 1305/2012 y modificatorios, con carácter remunerativo y bonificable. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Consideró que los suplementos creados por el Decreto 1305/2012, más allá de su denominación, tienen carácter "general", "remunerativo" y "bonificable", por lo que deben incorporarse al haber mensual del personal militar retirado o en pasividad. Esto se fundamenta en que dichos suplementos comportan un aumento generalizado de la remuneración del personal militar en actividad, y su exclusión del cálculo del haber de pasividad vulneraría la necesaria proporcionalidad que debe existir entre el haber de actividad y el de retiro o pasividad. La Cámara indicó que, si bien el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto 780/20 que suprimió dichos suplementos, ello solo sería aplicable a partir de la vigencia de ese decreto (30/09/2020), en virtud de la presunción de legitimidad de los actos administrativos.
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