FRATELIS, CARLA SUSANA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La demandante reclamó el beneficio de pensión por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la decisión anterior y ordenó a la ANSES que se pronuncie sobre el otorgamiento de la prestación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Carla Susana Fratelis demandó a la ANSES solicitando el beneficio de retiro por invalidez previsto en el art. 49 punto 4 de la Ley 24.241. La Comisión Médica Central denegó el reclamo por considerar que la incapacidad de la demandante no alcanzaba el porcentaje requerido. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó esa decisión luego de analizar el informe del Cuerpo Médico Forense, que reconoció una incapacidad del 70% al momento del fallecimiento. Consideró que dicho informe debe tenerse por válido y determinante de la "verdad jurídica objetiva" que permita decidir la cuestión. Por ello, la Cámara ordenó remitir las actuaciones a la ANSES para que se pronuncie sobre el otorgamiento de la pensión por invalidez y, en caso de concederla, la haga efectiva en el plazo de 30 días. Las costas se impusieron por su orden.
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