ORTIZ NESTOR REGINO c/ CAJA-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó la incorporación de suplementos al haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia y revocó el plazo establecido para el pago.
Incorporación al haber de retiro de suplementos creados por Decreto 2140/13
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó que los suplementos tienen carácter remunerativo y deben incorporarse al haber de retiro, pero revocó el plazo de 90 días establecido para el pago, debiendo efectuarse conforme a las normas presupuestarias.
Los principales fundamentos fueron:
- Los suplementos del Decreto 2140/13 tienen carácter remunerativo y bonificable, por lo que deben incluirse en el haber de retiro.
- El plazo de 90 días para el pago es incompatible con las normas presupuestarias, por lo que se debe realizar conforme a dichas normas.
- Se confirmaron las costas a cargo de la demandada.
- Se redujo el porcentaje de honorarios de la parte actora al 15% de la liquidación.
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