STIVALA LOURDES MARIA GABRIELA Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL-M° DE JUSTICIA-P.F.A. s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Litigio por determinación del haber de referencia para el cálculo del subsidio extraordinario de ley 16.973. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia al considerar que el haber a tomar es el del Comisario General con mayor antigüedad, exceptuando al Jefe y Subjefe de la Policía Federal.
¿Quién es el actor?
Lourdes María Gabriela STIVALA y otro
¿A quién se demanda?
ESTADO NACIONAL-M° DE JUSTICIA-P.F.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Determinar el haber de referencia para el cálculo del subsidio extraordinario previsto en la ley 16.973.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de primera instancia, que ordenó reliquidar el subsidio tomando como referencia el haber del Comisario General con mayor antigüedad, exceptuando al Jefe y Subjefe de la Policía Federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley 16.973 establece que el subsidio debe calcularse en base al haber del Comisario General con mayor antigüedad, y no del Jefe o Subjefe de la Policía Federal, cuya designación es discrecional.
- En cumplimiento de lo requerido, se incorporaron recibos de sueldo que acreditan que en marzo de 2008 (cuando ocurrió el infortunio) el Comisario General con mayor antigüedad, exceptuando al Jefe y Subjefe, era Benito Ricardo GALVANO.
- No prospera el reclamo de la actora de calcular el porcentaje adeudado a la fecha del pago y aplicarlo a los valores actuales, por no haber formulado reserva al recibir la liquidación.
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