MARTINEZ MARIO RENE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó la actualización de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de primera instancia y ordenó la aplicación de índices de actualización salariales en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ambas partes. Revocó lo resuelto sobre la aplicación de topes de haberes y la imposición de costas, y dejó sin efecto lo decidido respecto de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241. Confirma lo demás.
Fundamentos relevantes:
- Sobre la actualización de remuneraciones: La Cámara aplicó los índices previstos en la Ley 27.609, por considerarlos razonables y adecuados para garantizar la movilidad jubilatoria.
- Sobre la PBU: Confirmó el criterio utilizado en primera instancia, en línea con la jurisprudencia de la Sala.
- Sobre el tope de los 35 años del art. 24 inc. a) Ley 24.241: Devino abstracto su tratamiento.
- Sobre el art. 25 Ley 24.241: No prosperó el agravio de la actora, dado que las remuneraciones cotizadas después de julio de 1994 fueron inferiores al tope.
- Sobre los honorarios: Dejó sin efecto la regulación y difirió su determinación.
- Sobre las costas: Las impuso al vencido en primera instancia, con excepción de la Alzada que las dispuso por su orden.
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