SEQUEIRA MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda por reajustes de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y aplicó la normativa vigente sobre movilidad de los haberes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Cristina Sequeira, demandó a la ANSES por reajustes de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social, luego de analizar los agravios de ambas partes, resolvió lo siguiente:
- En relación a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), la Cámara indicó que el análisis sobre el impacto de la falta de incrementos debe realizarse en la etapa de ejecución de sentencia, utilizando los índices correspondientes.
- Sobre la movilidad del haber, la Cámara consideró que deben aplicarse las previsiones de las leyes 26.417, 27.426, 27.541, 27.609 y sus modificatorias, sin que pueda reeditarse la cuestión constitucional en esa etapa.
- Respecto a la inconstitucionalidad de la ley 27.426, la Cámara concluyó que su aplicación retroactiva no afecta derechos amparados por garantías constitucionales, ya que el derecho a la movilidad se otorga y devenga semestralmente, no mensualmente.
- En cuanto a la ley 27.541 de emergencia económica, la Cámara consideró que se encuentran reunidos los extremos que legitiman dicha normativa.
- Sobre el reconocimiento de diferencias una vez finalizada la emergencia, la Cámara señaló que al haberse convalidado la constitucionalidad de la ley 27.541, no corresponde prescindir de su aplicación.
- En relación a los arts. 9 y 25 de la ley 24.241, el análisis de constitucionalidad debe realizarse en la etapa de ejecución, de acuerdo a lo dispuesto por la Corte Suprema en el precedente "Gualtieri".
Por lo expuesto, la Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada, con el alcance desarrollado en los considerandos.
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