AJA ESPIL FELIPE ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes varios. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el recálculo del haber inicial y diferiendo el tratamiento de la Prestación Básica Universal.
¿Quién es el actor?
AJA ESPIL FELIPE ANTONIO
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de la metodología de actualización de las remuneraciones establecida en la Ley 27.426, ordenando el recálculo del haber inicial de los servicios autónomos, difiriendo el tratamiento de la Prestación Básica Universal para la etapa de ejecución de sentencia, y confirmando lo resuelto en primera instancia respecto a la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 y 26 de la Ley 24.241.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Respecto a la actualización de las remuneraciones, la Cámara declaró la inconstitucionalidad del art. 3 de la Ley 27.426 y ordenó utilizar el índice ISBIC dispuesto por la CSJN en "Elliff" y "Blanco".
- En cuanto a los servicios autónomos, la Cámara ordenó un recálculo distinguiendo los aportes anteriores y posteriores a la entrada en vigencia de la Ley 24.241, aplicando la metodología dispuesta en "Volonté" y el índice ISBIC, respectivamente.
- Sobre la PBU, la Cámara difirió su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia.
- Respecto a la aplicación de los decretos que suspendieron la movilidad durante 2020, la Cámara ordenó abonar la diferencia entre lo percibido y lo que le hubiere correspondido de aplicarse la movilidad suspendida, sólo para los meses de enero y febrero de 2021.
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