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DIAZ LIDIA NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor impugnó la aplicación retroactiva de la Ley 27.426 que modificó la fórmula de movilidad de los haberes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que la reforma no afectaba derechos adquiridos del demandante.

Retroactividad Emergencia economica Derechos adquiridos Movilidad Haberes previsionales Ley 27 541 Ley 27 426


¿Quién es el actor?

DIAZ LIDIA NOEMI

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de modificaciones a la fórmula de movilidad previsional

¿Qué se resolvió?

Se rechazan los planteos de inconstitucionalidad de las Leyes 27.426 y 27.541, confirmando la sentencia de primera instancia. Los principales fundamentos son:
- La Ley 27.426 que modificó la fórmula de movilidad no afecta derechos adquiridos, ya que el derecho a la movilidad se devenga y adquiere en las fechas de pago semestral (marzo y septiembre), y la reforma entró en vigencia antes de ello.
- La Ley 27.541 de emergencia económica se considera constitucional, de acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN.
- La Ley 27.609 sustituyó el régimen de movilidad a partir del 5/1/2021, por lo que la movilidad de la Ley 27.426 no corresponde aplicar luego de esa fecha. La Jueza Pérez Tognola emitió voto en disidencia, declarando la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 por afectar la movilidad del beneficio.

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