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REYES JULIO AMERICO c/ ANSES s/RENTA VITALICIA

El actor reclamó la movilidad de su renta vitalicia previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia al ordenar el pago de las diferencias por la aplicación de la movilidad a la renta vitalicia del actor.

Renta vitalicia Anses Ley 26 425 Badaro Movilidad previsional Deprati


¿Quién es el actor?

REYES JULIO AMERICO

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de movilidad a la renta vitalicia previsional del actor

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia, ordenando el pago de las diferencias por la aplicación de la movilidad a la renta vitalicia del actor. Los principales fundamentos fueron:
- La CSJN en el precedente "Deprati" ha establecido que corresponde al Estado asegurar la adecuada movilidad de las prestaciones previsionales, incluyendo las rentas vitalicias.
- Se debe aplicar la movilidad conforme los parámetros establecidos por la CSJN en el caso "Badaro" hasta enero de 2007 y luego lo normado por las leyes 26.198, 26.417, 27.426 y 27.609.
- Sin embargo, la Jueza Adriana Cammarata disintió parcialmente en cuanto a la aplicación de la movilidad para el período 01/01/2002 al 31/12/2006, considerando que recién con la Ley 26.425 se garantizó a los afiliados del régimen de capitalización la misma cobertura y tratamiento que el régimen previsional público.

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