BUSTOS PABLO DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y modificó otros aspectos, como la declaración de inconstitucionalidad de ciertos artículos y la imposición de costas.
¿Quién es el actor?
Pablo Daniel Bustos
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de la prestación previsional del actor
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó lo resuelto sobre la actualización de la Prestación Básica Universal, pero revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426. Confirmó la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 y 26 de la Ley 24.241, siempre que se acredite que la aplicación de los topes generó una quita superior al 15% del haber. Difirió el tratamiento del precedente "Villanustre" y de la tasa de sustitución mínima para la etapa de ejecución. Revocó la imposición de costas y las impuso a la demandada vencida.
Fundamentos principales:
- Respecto a la actualización de la PBU, corresponde confirmar lo resuelto en la instancia anterior, siguiendo la jurisprudencia de la Sala en casos anteriores.
- En relación a la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426, corresponde revocar lo resuelto, ya que al momento del empalme entre las Leyes 26.417 y 27.426, el actor no gozaba aún del beneficio previsional.
- Sobre la arbitraria recomposición del haber de enero 2021, corresponde confirmar lo decidido en la instancia anterior, siguiendo los argumentos vertidos en fallos previos de la Sala.
- Respecto a la Ley 27.609, no corresponde declarar su inconstitucionalidad, ya que el actor no acreditó un perjuicio concreto que justifique apartarse de la norma.
- En cuanto a los arts. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 y 26 de la Ley 24.241, corresponde declararlos inconstitucionales si se acredita que su aplicación generó una quita superior al 15% del haber.
- Sobre los intereses, deberán calcularse conforme la tasa pasiva promedio mensual del BCRA.
- Respecto a las costas, corresponde revocarlas e imponerlas a la demandada vencida.
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