FRANCUCCI ALFREDO FRANCISCO Y OTRO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Militar reclama incorporación de adicional al haber de retiro. Cámara Federal de la Seguridad Social confirma sentencia que hizo lugar al reclamo.
Incorporación en el haber de retiro del adicional previsto por el decreto 1305/12 y sus modificatorios
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de apelación de la demandada y confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya se había pronunciado en un caso similar ("Sosa, Carla Elizabeth y otros c/ EN -M Defensa Ejército s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg."), donde resolvió que los "suplementos" establecidos en el decreto 1305/2012 no son adicionales, sino que representan un aumento en la remuneración del personal militar, por lo que deben computarse en la base de cálculo de otros suplementos. Además, dichos "suplementos" constituyen una parte sustancial de la remuneración, por lo que tienen características similares al "sueldo". Por aplicación de la doctrina del fallo "Zanardo", se confirman las costas a cargo de la parte demandada. Los honorarios de la representación letrada de la parte actora se regulan en el 15% de las sumas que por todo concepto resulten a favor del accionante, a calcularse sobre los importes brutos. Asimismo, se regulan los honorarios por la actuación en alzada en el 30% de lo que se establezca para la instancia anterior.
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