MOYA RAMON LEONCIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia y ordenó recalcular los montos de las prestaciones.
reajustes previsionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó:
- Recalcular la actualización de la PBU conforme a los lineamientos establecidos por la CSJN
- Actualizar los montos o rentas de referencia correspondientes a las categorías autónomas en que revistió el afiliado, aplicando los índices correspondientes a cada período
- Diferir el análisis de la aplicación del art. 9 de la ley 24.463 al momento de aprobar el cómputo definitivo
- Imponer las costas por su orden en la instancia de apelación
Fundamentos principales:
- La CSJN ha señalado que para determinar si la ausencia de incrementos en uno de los componentes de la jubilación genera una situación confiscatoria, se debe analizar su incidencia sobre el total del haber inicial, lo cual debe hacerse en ejecución de sentencia.
- Respecto a la actualización de las rentas de referencia por categorías autónomas, corresponde considerar la totalidad de los años aportados y no sólo los últimos 15, a fin de reflejar adecuadamente el esfuerzo contributivo.
- Para el período 2002-2006 se aplicará el índice "Badaro", y desde 2007 los aumentos previstos en las leyes 26.198, 26.417, 27.426 y 27.609.
- Los aportes ingresados mediante planes de facilidades de pago no serán objeto de actualización.
- La impugnación de la movilidad prevista en la ley 27.609 debe diferirse al momento de aprobarse el cómputo definitivo.
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